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Requisitos para instalar una valla publicitaria

30 de diciembre de 2021

Índice

Si estás pensando en colocar una valla publicitaria de gran formato en Madrid o en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid, es normal que te surjan algunas dudas como: qué permisos necesitas, qué normativa vallas publicitarias se aplica, dónde la puedes instalar y cuánto tiempo puede estar colocada. Entender bien los requisitos para instalar una valla publicitaria antes de hacer la inversión es muy importante para evitar sanciones, retrasos y cambios de última hora.

¿Por qué te conviene apostar por una valla publicitaria en Madrid y alrededores?

Una valla publicitaria bien ubicada en Madrid, Móstoles, Fuenlabrada, Alcorcón o cualquier otro municipio de la Comunidad de Madrid te permite llegar a miles de personas al día con un impacto visual difícil de conseguir en otros canales. En zonas con mucho tráfico rodado, accesos a polígonos industriales, áreas comerciales o entornos de obra, una valla de gran formato convierte cada desplazamiento en una oportunidad de recordar tu marca o promocionar una campaña concreta.

Además, la publicidad exterior no se puede “saltar” con un clic ni se esconde detrás de un banner: está ahí, las 24 horas del día, durante semanas o meses. Por eso, aunque el coste inicial sea mayor que el de otras acciones de marketing, una valla bien pensada suele ofrecer un coste por impacto muy competitivo y refuerza tu presencia de marca en la zona donde realmente se mueve tu cliente potencial.

Licencia de publicidad exterior: el permiso imprescindible antes de montar tu valla

Antes de pensar en diseños, lonas o estructuras, el primer paso siempre es revisar la normativa publicidad exterior del municipio donde quieres instalar la valla. En Madrid y en el resto de la Comunidad, los ayuntamientos regulan la publicidad que es visible desde la vía pública a través de sus propias ordenanzas.

En el caso de Madrid capital, la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior establece que la instalación de soportes publicitarios sometidos a licencia urbanística se rige por esta ordenanza, por la de tramitación de licencias urbanísticas y por la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid; esa licencia urbanística adopta, además, la denominación de licencia publicitaria.

Esto significa que, siempre que la publicidad sea visible desde la calle, lo normal es que necesites una licencia de publicidad exterior específica para ese soporte. No es un simple trámite interno de tu empresa, sino un permiso municipal que acredita que tu proyecto cumple con los parámetros urbanísticos, de seguridad y de integración en el paisaje urbano fijados por la administración.

¿Qué es la licencia de publicidad exterior y en qué se diferencia de otras licencias?

La licencia de publicidad exterior es el permiso que te concede el ayuntamiento para instalar y explotar un soporte publicitario visible desde espacios de uso público. En Madrid, se tramita como una licencia urbanística especial ligada a la instalación y al uso de ese soporte, y se concede para un emplazamiento, unas dimensiones y un diseño determinados.

Esto la diferencia de:

  • La licencia de obras, que autoriza la ejecución de los trabajos constructivos (cimientos, estructura, etc.).
  • La licencia de actividad, que regula la actividad económica que se desarrolla en un local.

En muchos casos, las tres se solapan: puedes necesitar licencia de obras para ejecutar la cimentación, licencia valla publicitaria para el soporte y licencia de actividad para el negocio que se anuncia. Por eso, cuando revisas los requisitos para instalar una valla publicitaria, conviene no quedarse solo en “poner una lona”, sino entender el conjunto de permisos que pueden entrar en juego según el tipo de proyecto.

Documentación que suele pedir el Ayuntamiento de Madrid

Cada ayuntamiento define su propio procedimiento, pero en Madrid es habitual que, al solicitar la licencia de publicidad exterior, te pidan un conjunto mínimo de documentación técnica y administrativa que permita valorar la seguridad y el impacto urbano del soporte.

Lo más frecuente es que tengas que presentar, entre otros:

  • Solicitud normalizada con los datos del titular y del emplazamiento.
  • Memoria descriptiva del soporte publicitario: tipo de valla, dimensiones, materiales, sistema de anclaje y cimentación.
  • Planos de situación y emplazamiento sobre plano urbano.
  • Planos acotados de alzado y sección de la valla.
  • Fotografías del entorno para valorar el impacto en el paisaje urbano.
  • Autorización escrita del propietario del terreno o del edificio donde quieres instalar valla publicitaria.
  • Justificante del pago de tasas y tributos correspondientes.

En vallas de pequeño formato o sobre soportes ya existentes, el procedimiento puede ser más sencillo. Pero a medida que aumentan el tamaño, la altura o la complejidad de la estructura, el Ayuntamiento puede requerir un proyecto técnico firmado por técnico competente (arquitecto, aparejador, ingeniero) y documentación adicional que acredite el cumplimiento del Código Técnico de la Edificación y de la normativa de seguridad.

¿Cuándo te pueden exigir proyecto técnico y seguro de responsabilidad civil?

Siempre que el soporte tenga cierta entidad estructural (vallas de gran formato, estructuras metálicas autoportantes, carteleras en coronación de edificios, etc.) lo habitual es que la ordenanza municipal exija un proyecto técnico que justifique la estabilidad frente al viento, la correcta cimentación y la seguridad para terceros.

Además, muchos ayuntamientos condicionan la concesión de la licencia a la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños personales y materiales que puedan derivarse de la instalación. No es solo una exigencia administrativa: en caso de caída de la valla o de desprendimientos, la póliza puede marcar la diferencia entre un susto y un problema serio para tu empresa. Por eso, dentro de los permisos para valla publicitaria, piensa siempre en el paquete completo: trámites, técnica y protección frente a riesgos.

Normativa vallas publicitarias en Madrid y Comunidad de Madrid

La normativa vallas publicitarias no es idéntica en toda España, ni siquiera dentro de la Comunidad de Madrid. Cada municipio cuenta con su propia ordenanza de publicidad exterior o de protección del paisaje urbano, que concreta dónde se pueden instalar vallas, qué tamaños están permitidos, qué distancias hay que respetar entre soportes y qué zonas están especialmente protegidas.

En Madrid capital, la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior desarrolla estos criterios de forma bastante detallada, diferenciando entre publicidad en edificios, en medianeras, en coronación y en dominio público. En otros municipios de la Comunidad, como los del entorno de la A-6, A-5 o A-42, se aprueban ordenanzas similares publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), que fijan criterios concretos de alturas, superficies máximas, distancias y tipologías de vallas autorizadas.

Diferencias entre Madrid capital y municipios del área metropolitana

A nivel práctico, lo que más te afecta como anunciante es que lo que es posible en un municipio, puede estar limitado o directamente prohibido en otro. Por ejemplo, algunas ordenanzas municipales de la Comunidad de Madrid establecen que las vallas publicitarias solo pueden instalarse en determinados suelos (urbanizables o industriales) y fijan alturas máximas de 6 metros, superficies máximas de agrupación de 50 m² y distancias mínimas de 250 metros entre grupos de vallas para evitar saturación visual.

Madrid capital, por su parte, es especialmente estricta con la publicidad en edificios y en el paisaje urbano del centro. La ordenanza detalla cómo pueden colocarse las carteleras en coronación, las lonas en medianeras o los anuncios en fachadas, y en qué condiciones se puede aprovechar un andamio de obra para instalar publicidad temporal. En muchos casos, la decisión final pasa por órganos técnicos y comisiones de patrimonio que valoran el impacto en el entorno.

¿Dónde se pueden colocar vallas publicitarias y dónde no?

Aunque cada texto es distinto, hay una serie de criterios que se repiten en la normativa publicidad exterior de muchos municipios:

  • Zonas donde suele admitirse: áreas industriales, polígonos, solares junto a vías de acceso, recintos feriales, parkings abiertos y tapiales de obras con andamios reales.
  • Zonas donde suele restringirse o prohibirse: cascos históricos, áreas residenciales consolidadas, fachadas protegidas, entornos monumentales y elementos del paisaje especialmente sensibles.

Además, la Ley 37/2015 de Carreteras prohíbe fuera de tramos urbanos cualquier tipo de publicidad visible desde las calzadas de la carretera que pueda captar la atención del conductor, lo que afecta directamente a las vallas situadas junto a autopistas y autovías.

Por eso, antes de buscar ubicaciones “demasiado buenas para ser verdad” al borde de una vía rápida, conviene comprobar si realmente la carretera está dentro del tramo urbano y si la ordenanza municipal permite soportes en esa franja. De lo contrario, puedes obtener una negativa del ayuntamiento o, peor aún, una orden de retirada de la valla con la campaña ya en marcha.

Tamaños, alturas y distancias habituales

La normativa vallas publicitarias suele fijar dimensiones máximas para evitar impactos excesivos en el paisaje urbano y en la seguridad vial. Hay ordenanzas que limitan la altura de la valla a unos 3,5 metros y la longitud a 8,5 metros, mientras que otras, como la ya citada de un municipio de la Comunidad de Madrid, hablan de hasta 6 metros de altura y 16 metros de longitud para agrupaciones, siempre con superficies máximas y distancias mínimas respecto a otras vallas.

Estas cifras no son universales ni valen como “regla general”, pero te dan una idea de los rangos con los que se mueven muchos ayuntamientos. Siempre que planifiques una estructura de gran formato, asegúrate de que las medidas previstas encajan con la ordenanza específica del municipio donde vas a pedir la licencia.

Cómo te ayuda Rotula2 a cumplir la normativa y sacar partido a tu valla

Todo este marco legal puede parecer complejo, pero no estás solo. En Rotula2 llevamos años trabajando con vallas publicitarias, lonas de gran formato y publicidad exterior en Madrid y en la Comunidad. Mientras tu gestoría o tu técnico se ocupan de tramitar la licencia de publicidad exterior con el ayuntamiento correspondiente, nosotros podemos acompañarte en todo lo que tiene que ver con el soporte:

  • Asesoría sobre formatos y medidas habituales en función del municipio y del emplazamiento, para que tu diseño encaje desde el primer minuto.
  • Diseño gráfico adaptado a gran formato, cuidando legibilidad, jerarquía de mensajes y coherencia de marca.
  • Impresión en alta calidad sobre materiales resistentes a la intemperie (lona, vinilo, etc.), pensados para soportar meses de exposición.
  • Fabricación y montaje profesional de la estructura o del recubrimiento, coordinándonos con tu equipo de obra para que todo se instale de forma segura.
  • Integración de tu campaña exterior con otros soportes de la casa, como rotulación de vehículos, rótulos de fachada o vinilos de escaparate.

Si ya tienes una ubicación en mente o estás valorando distintas opciones, en Rotula2 podemos ayudarte a transformar esa oportunidad en una valla eficaz, atractiva y alineada con la normativa vallas publicitarias vigente. Cuéntanos qué quieres anunciar y dónde, y juntos encontraremos la mejor forma de llevar tu campaña al exterior de forma segura y profesional.

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